El Gobierno implantará la concesión automática del Ingreso Mínimo Vital a desempleados que agoten la prestación sin encontrar trabajo
9 de diciembre de 2025
El Gobierno implantará la concesión automática del Ingreso Mínimo Vital a desempleados que agoten la prestación sin encontrar trabajo
El Gobierno ha dado un paso relevante en la simplificación del acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV). A partir de ahora, las personas desempleadas que agoten la prestación por desempleo y no hayan conseguido un nuevo trabajo pasarán a percibir el IMV de forma automática, sin necesidad de presentar solicitud alguna. La medida, anunciada por el Ministerio de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, tiene como objetivo evitar que los hogares vulnerables sufran periodos sin ingresos.
La decisión se produce en un contexto de crecimiento del número de beneficiarios: según los últimos datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), más de 773.000 hogares, que agrupan a 2,3 millones de personas, percibieron el IMV en octubre, lo que supone un aumento del 19,25 % respecto al año anterior. La cuantía media ascendió a 487,2 euros mensuales por unidad familiar, con una nómina total que supera los 532 millones de euros.
Reconocimiento automático para quienes agoten el paro
El procedimiento automático está regulado por el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, que introdujo varias modificaciones destinadas a eliminar barreras administrativas. En lo que respecta a los desempleados, la medida supone que el IMV se reconozca el mismo día en que finaliza la prestación por desempleo, garantizando así la continuidad de ingresos.
Para ello, el SEPE contactará durante el trimestre previo al agotamiento del paro e informará al ciudadano sobre la posibilidad de remitir sus datos al INSS. Si presta su consentimiento, el SEPE comunicará la información necesaria al INSS en los diez días siguientes a la fecha de finalización de la prestación, permitiendo que el IMV se active sin interrupciones.
Otras simplificaciones en el acceso al IMV
El Real Decreto-ley también introdujo ajustes en otros requisitos importantes:
En las parejas de hecho, se elimina la obligación de acreditar cinco años de convivencia. Ahora basta con la inscripción o formalización en documento público dos años antes de la solicitud.
Deja de ser obligatorio que todos los mayores de edad de la unidad de convivencia firmen la solicitud.
Estas modificaciones buscan acelerar los procedimientos y facilitar el acceso a quienes cumplen los requisitos, evitando trámites duplicados o cargas documentales innecesarias.
Alternativas para quienes no puedan acceder al proceso automático
Para los casos en los que no sea posible aplicar este procedimiento —o cuando la persona interesada no haya dado su consentimiento—, el IMV podrá solicitarse de forma habitual a través del portal del INSS, por correo postal o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
Reflexión final
La concesión automática del IMV para quienes agoten el paro supone un cambio significativo en la gestión de esta prestación. Más allá de agilizar trámites, la medida refuerza el objetivo del IMV como red de protección frente a situaciones de vulnerabilidad económica, evitando que los ciudadanos queden sin ingresos entre el fin del desempleo y el acceso a la ayuda.
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