El TJUE aclara los límites de la abusividad en cláusulas de vencimiento anticipado en préstamos personales
9 de mayo de 2025
El TJUE aclara los límites de la abusividad en cláusulas de vencimiento anticipado en préstamos personales
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado recientemente sobre el alcance y posible carácter abusivo de las cláusulas de vencimiento anticipado en contratos de préstamo personal. La sentencia, dictada en los asuntos acumulados C-6/24 y C-231/24, responde a cuestiones prejudiciales planteadas por un juzgado español en relación con contratos celebrados entre consumidores y una entidad bancaria.
Contexto del litigio
Los contratos de préstamo objeto del procedimiento incluían cláusulas que autorizaban al banco a exigir el reembolso total e inmediato del préstamo en caso de incumplimiento por parte del prestatario. Dicha disposición fue cuestionada por su posible contrariedad con la Directiva 93/13/CEE, que protege a los consumidores frente a cláusulas no negociadas individualmente que generen un desequilibrio significativo entre las partes.
Criterios establecidos por el TJUE
El TJUE aclara que la posibilidad de que el consumidor evite el vencimiento anticipado o corrija sus efectos puede contribuir a descartar la abusividad de la cláusula, incluso si dicha posibilidad no está expresamente prevista en una norma nacional. En este sentido, el Tribunal destaca que:
La existencia de medios adecuados y eficaces para eludir los efectos del vencimiento anticipado es un criterio esencial para valorar la abusividad.
El origen de estos medios (ya sean normativos o contractuales) no es determinante; lo relevante es su efectividad y accesibilidad para el consumidor.
Plazo de un mes: razonable y suficiente
En relación con el plazo concedido al consumidor para enmendar el incumplimiento, el TJUE considera que:
Un plazo de un mes desde el requerimiento de pago puede ser materialmente suficiente para permitir al consumidor evitar la aplicación de la cláusula o mitigar sus consecuencias.
Además, subraya que la existencia de disposiciones similares en el ordenamiento jurídico nacional puede reforzar la valoración de adecuación del plazo otorgado.
Implicaciones para la práctica judicial
Esta interpretación del TJUE refuerza el papel de los jueces nacionales, quienes deberán evaluar caso por caso si la cláusula de vencimiento anticipado causa un desequilibrio relevante y si el consumidor ha contado con mecanismos razonables para cumplir con sus obligaciones. La sentencia invita también a revisar la redacción y aplicación de cláusulas contractuales en materia de crédito al consumo, fomentando una mayor protección al prestatario sin impedir la defensa legítima de los intereses del prestamista.
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