La Unión Europea suprime la franquicia aduanera de 150 euros y establece un derecho fijo transitorio hasta 2028
5 de marzo de 2026
La Unión Europea suprime la franquicia aduanera de 150 euros y establece un derecho fijo transitorio hasta 2028
La Unión Europea pone fin a uno de los umbrales más utilizados en el comercio electrónico internacional. El Reglamento (UE) 2026/382, de 11 de febrero, publicado en el Diario Oficial el 18 de febrero de 2026, elimina la franquicia aduanera aplicable a los envíos cuyo valor intrínseco no superaba los 150 euros. La medida será aplicable a partir del 1 de julio de 2026.
La reforma modifica el Reglamento (CE) n.º 1186/2009 y responde a un objetivo claro: reforzar el control sobre las importaciones de bajo valor, evitar prácticas de infravaloración y proteger los ingresos financieros de la Unión y de los Estados miembros.
Un umbral cuestionado por su uso abusivo
Hasta ahora, los envíos procedentes de terceros países con un valor no superior a 150 euros podían beneficiarse de la exención de derechos de importación. Tras la supresión en 2021 de la exención de IVA para envíos inferiores a 22 euros, este umbral aduanero se había convertido en el principal resquicio operativo para determinadas estrategias de fraccionamiento de mercancías.
La Comisión considera que, en un entorno plenamente digitalizado, donde se dispone de datos electrónicos de todas las importaciones con independencia de su valor, el mantenimiento de la franquicia ya no resulta justificado.
El elevado volumen de pequeños paquetes que acceden al mercado europeo ha sido determinante en la decisión de suprimir el régimen.
Derecho fijo de 3 euros por artículo como solución transitoria
Consciente del impacto que la eliminación inmediata puede generar en operadores logísticos y plataformas de comercio electrónico, el Reglamento introduce una medida transitoria entre el 1 de julio de 2026 y el 1 de julio de 2028.
Durante ese periodo se aplicará un derecho de aduana fijo de 3 euros por artículo contenido en envíos cuyo valor total no supere 150 euros, en determinados supuestos:
Cuando la importación esté exenta de IVA en el marco del régimen IOSS (ventanilla única de importación).
Cuando se trate de envíos postales.
Para los operadores no acogidos al régimen IOSS continuará aplicándose el arancel aduanero común conforme a la clasificación correspondiente.
La medida busca simplificar la gestión en operaciones masivas de pequeño valor mientras se desarrolla una infraestructura informática centralizada para la recaudación de derechos.
Supervisión reforzada y posible ampliación
El Reglamento incorpora cláusulas de seguimiento que obligan a la Comisión a evaluar, a partir del 1 de octubre de 2026 y con periodicidad mensual, si se produce un desvío de flujos comerciales con la finalidad de eludir el derecho fijo transitorio.
En caso de detectarse prácticas de evasión, podría proponerse la extensión del régimen a todos los envíos de hasta 150 euros, con independencia del canal utilizado.
Asimismo, antes del 1 de diciembre de 2027 se analizará la viabilidad técnica del nuevo sistema informático europeo previsto para julio de 2028, con la posibilidad de prorrogar la medida transitoria si no estuviera operativo.
Claves prácticas para asesorías fiscales y operadores
Para despachos especializados en fiscalidad internacional, comercio exterior y e-commerce, la reforma obliga a revisar con detalle:
La estructura de importaciones desde terceros países.
La conveniencia de operar bajo el régimen IOSS.
El impacto en márgenes comerciales y política de precios.
La adaptación de sistemas de facturación y gestión aduanera.
La desaparición del umbral de 150 euros refuerza la tendencia europea hacia un mayor control del comercio electrónico transfronterizo y elimina un elemento de planificación habitual en modelos de venta a distancia.
El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación y será directamente aplicable en todos los Estados miembros desde el 1 de julio de 2026.
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