Nuevos Modelos de Certificación de Créditos Laborales en Concursos de Acreedores: Cambios Importantes para Solicitar Prestaciones al FOGASA
18 de diciembre de 2024
Nuevos Modelos de Certificación de Créditos Laborales en Concursos de Acreedores: Cambios Importantes para Solicitar Prestaciones al FOGASA
Recientemente, la Resolución de 14 de noviembre de 2024, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 3 de diciembre de 2024, ha introducido modificaciones clave en los modelos de certificación de créditos laborales en el contexto de los concursos de acreedores. Esta resolución afecta la forma en que se solicitan las prestaciones al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) para los trabajadores de empresas en concurso.
¿Por qué esta modificación es importante?
El artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores regula el derecho de los trabajadores a recibir prestaciones del FOGASA en caso de insolvencia de su empleador, incluyendo los concursos de acreedores. Para poder acceder a estas ayudas, es necesario que los créditos laborales figuren correctamente en la lista de acreedores del procedimiento concursal, o que sean reconocidos por el órgano del concurso como deudas de la masa, con una cuantía igual o superior a la solicitada.
Una de las principales modificaciones que introduce la nueva resolución tiene que ver con los modelos de certificación que deben acompañar las solicitudes de prestaciones al FOGASA. Estos modelos de certificación deben confirmar que los créditos de los trabajadores están debidamente incluidos en el procedimiento concursal.
¿Qué cambios se han introducido?
Nuevos Modelos de Certificación Individual y Colectiva La resolución modifica los modelos de certificación individual y colectiva de créditos laborales en el procedimiento concursal. Estos modelos deben acompañar a la solicitud de prestaciones de garantía salarial y se deben incluir con los informes y resoluciones concursales relacionados con la inclusión de los créditos laborales.
Incorporación de la Fecha de Inclusión de los Créditos Un cambio relevante es la necesidad de especificar la fecha de inclusión del crédito en el procedimiento concursal. Esta modificación busca evitar confusiones entre la fecha de inclusión del crédito y la fecha de la certificación, lo que puede generar incertidumbre sobre el salario mínimo interprofesional aplicable a las prestaciones.
Formato de Presentación de las Certificaciones Colectivas Las certificaciones colectivas deben enviarse al FOGASA en un archivo informático en formato PDF firmado en OCR (reconocimiento óptico de caracteres) y en un archivo Excel protegido que permita la copia de los datos. Estos archivos estarán disponibles para su descarga en la página web del organismo.
¿Qué deben hacer los solicitantes?
Los solicitantes de prestaciones al FOGASA, cuando el motivo sea un procedimiento concursal, deben acreditar que los créditos laborales están correctamente incluidos en el concurso de acreedores. Para ello, deberán adjuntar el modelo de certificación correspondiente, cumplimentado por el administrador del concurso o el órgano competente del mismo.
Entrada en vigor
La nueva resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 4 de diciembre de 2024. Desde esa fecha, los solicitantes deberán usar los nuevos modelos de certificación para acompañar sus solicitudes de prestaciones al FOGASA.
En resumen
Con esta actualización en los modelos de certificación de créditos laborales, se pretende agilizar y aclarar el proceso de solicitud de prestaciones al FOGASA en el contexto de concursos de acreedores. Las empresas y trabajadores deberán familiarizarse con los nuevos procedimientos y formatos establecidos, a fin de evitar demoras o rechazos en las solicitudes de ayuda.
Importante: Recuerde que los nuevos modelos están disponibles en los anexos de la Resolución y deben ser presentados junto con los documentos relativos al procedimiento concursal.
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