Campaña de Patrimonio 2024: novedades, obligados a declarar y aspectos clave
29 de abril de 2025
Campaña de Patrimonio 2024: novedades, obligados a declarar y aspectos clave
La Campaña de Patrimonio 2024, que se desarrolla en paralelo a la Campaña de Renta, comenzó el 2 de abril y finalizará el 30 de junio de 2025. A pesar de su coincidencia temporal, suele recibir menos atención. Por ello, es fundamental identificar a los obligados a declarar, conocer las novedades normativas y entender el marco general de esta obligación tributaria.
Obligados a declarar
Según el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (LIP), están sujetos al impuesto:
Por obligación personal, las personas físicas residentes en España, por la totalidad de su patrimonio neto, esté donde esté situado.
Por obligación real, las personas físicas no residentes, pero titulares de bienes o derechos situados o ejercitables en territorio español.
Se considerarán situados en España, por ejemplo, los valores no negociados en mercados organizados cuando más del 50 % del activo de la entidad emisora esté constituido por bienes inmuebles en España.
Además, el artículo 37 de la LIP establece la obligación de declarar en los siguientes supuestos:
Cuando la cuota tributaria resulte a ingresar, tras aplicar las bonificaciones o deducciones autonómicas o estatales. Si la base imponible es inferior al mínimo exento, no se está obligado a declarar.
Cuando el valor total de los bienes o derechos supere los 2.000.000 euros, aunque no haya cuota a ingresar. Para este cómputo se consideran todos los bienes y derechos, estén o no exentos, sin descontar cargas, gravámenes o deudas.
También se reconoce el derecho a optar por tributar en España por obligación personal a quienes dejaron de ser residentes durante los ejercicios 2008 a 2010, periodo en que se eliminó temporalmente el impuesto.
Plazos y forma de presentación
Fechas clave: del 2 de abril al 30 de junio de 2025. Si la declaración resulta a ingresar y se domicilia el pago, el plazo de presentación vence el 25 de junio.
Modelo a utilizar: modelo 714, exclusivamente por vía electrónica.
Medios de identificación: Clave PIN, referencia, DNI electrónico, certificado digital o, como novedad, autenticación eIDAS para ciudadanos de la UE.
Los contribuyentes del IRPF que estén obligados a declarar por el IP deberán presentar también la declaración del IRPF, ya sea mediante borrador o modelo correspondiente.
Principales novedades autonómicas
A nivel sustantivo, las novedades más relevantes se concentran en el ámbito autonómico:
Mínimo exento
Baleares: aumenta el mínimo exento de 700.000 a 3.000.000 euros.
Extremadura: adapta su normativa a la curatela representativa de personas con discapacidad.
Escalas autonómicas
Cataluña y Galicia: aplican escalas especiales transitorias por la prórroga del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).
Andalucía: elimina su escala autonómica, aplicándose la estatal de forma supletoria.
Bonificaciones autonómicas
Andalucía: no aplica la bonificación general habitual; se sustituye por una bonificación ajustada según la diferencia entre la cuota del IP y del ITSGF.
Galicia y Madrid: mantienen el régimen transitorio de bonificaciones por la prórroga del ITSGF.
Cantabria: introduce una bonificación del 100 % de la cuota, salvo en patrimonios netos superiores a 3.000.000 euros, en cuyo caso se aplicará una bonificación proporcional ajustada al ITSGF.
Aspectos clave a tener en cuenta
El mínimo exento y las bonificaciones pueden variar según la comunidad autónoma.
El IP no siempre implica ingreso, pero puede conllevar la obligación de declarar si se supera el umbral patrimonial global.
Se refuerza la obligatoriedad de medios electrónicos para la presentación de la declaración.
Los contribuyentes del IRPF que declaren el IP deben presentar ambas declaraciones conjuntamente.
La correcta identificación de las condiciones que obligan a declarar y la consideración de los cambios normativos son esenciales para cumplir con las obligaciones fiscales de forma precisa y sin contratiempos en esta Campaña de Patrimonio 2024.
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