El Gobierno y la Iglesia acuerdan un sistema de reparación para víctimas de abusos sexuales fuera de la vía judicial
21 de enero de 2026
El Gobierno y la Iglesia acuerdan un sistema de reparación para víctimas de abusos sexuales fuera de la vía judicial
El Gobierno y la Iglesia católica han alcanzado un acuerdo para articular un sistema de reparación integral dirigido a las víctimas de abusos sexuales cometidos en el ámbito eclesiástico cuando ya no es posible acudir a la vía judicial, bien por prescripción de los hechos o por fallecimiento de los responsables. El mecanismo, de carácter mixto Iglesia-Estado, contará con la participación directa de las víctimas y prevé reparaciones económicas y de otra naturaleza a cargo de la Iglesia.
El acuerdo fue suscrito el 8 de enero de 2026 en el Palacio de Parcent por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, el presidente de la Conferencia Episcopal Española, Luis Argüello, y el presidente de la Conferencia Española de Religiosos, Jesús Díaz Sariego. El Defensor del Pueblo será la institución encargada de elaborar las propuestas de reconocimiento y reparación.
Un sistema extrajudicial con participación institucional y de las víctimas
El acuerdo prevé la creación de un mecanismo específico para canalizar las solicitudes de reparación en aquellos supuestos en los que no cabe ya una respuesta penal. En el plazo de un mes se formalizará un convenio de colaboración entre la Conferencia Episcopal, la Conferencia Española de Religiosos, el Defensor del Pueblo y el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en el que se concretarán los términos operativos del sistema.
El procedimiento se iniciará ante una Unidad de Tramitación dependiente del Ministerio, que asumirá la recepción de las solicitudes, la comunicación entre las partes implicadas y la notificación de las propuestas que se vayan formulando. Esta unidad contará con los medios y recursos necesarios para garantizar el funcionamiento del mecanismo.
El papel del Defensor del Pueblo en caso de discrepancia
Una vez recibida la solicitud, el expediente será trasladado a la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo, que realizará una revisión individualizada de cada caso. Tras este análisis, formulará una propuesta de resolución que podrá incluir reparaciones simbólicas, restaurativas, espirituales y/o económicas, atendiendo a lo solicitado por la víctima.
Dicha propuesta se remitirá a la comisión asesora de la Iglesia prevista en su Plan de Reparación Integral a Víctimas de Abuso (CPRIVA), que emitirá el correspondiente informe. Si existe conformidad entre la comisión y la víctima, la propuesta adquirirá carácter definitivo.
En caso de disconformidad, se convocará una Comisión Mixta, en la que participarán también las asociaciones de víctimas, con el objetivo de alcanzar un acuerdo unánime. Si persistiera el desacuerdo, corresponderá finalmente a la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo dictar la resolución definitiva.
Plazo para solicitar la reparación y medidas fiscales
Las víctimas dispondrán de un plazo de un año, prorrogable por otro más, para presentar las solicitudes de reparación. El cómputo comenzará a partir de la firma del convenio de colaboración. Además, el Ministerio se ha comprometido a promover las modificaciones normativas necesarias para que las reparaciones reconocidas puedan beneficiarse de exenciones fiscales.
El acuerdo establece igualmente que la Iglesia deberá cumplir las medidas reparadoras dentro de los plazos fijados. Si la diócesis, instituto o entidad religiosa responsable no lo hiciera, la Conferencia Episcopal y la Conferencia Española de Religiosos asumirán la garantía de su ejecución.
Reflexión final
El acuerdo supone un paso relevante en la articulación de vías extrajudiciales de reparación para las víctimas de abusos sexuales en el ámbito eclesiástico, con un diseño institucional complejo que combina responsabilidades públicas y privadas. Para los operadores jurídicos, el nuevo sistema plantea cuestiones de interés en materia de reparación del daño, garantías procedimentales, fiscalidad de las compensaciones y control institucional, abriendo un nuevo espacio de actuación jurídica más allá del proceso penal tradicional.
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