La plusvalía municipal es inconstitucional si no ha existido incremento patrimonial
26 de febrero de 2017
La plusvalía municipal es inconstitucional si no ha existido incremento patrimonial
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana - comúnmente conocido como la plusvalía municipal-.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado declarar la inconstitucional de la vigente regulación del Impuesto. El tribunal ha declarado, por tanto, inconstitucional y nula la regulación "en la medida en que somete a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, impidiendo que los sujetos pasivos puedan acreditar esta circunstancia".
La regulación declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional es la que contiene la norma foral que regula el impuesto sobre la plusvalía en Guipúzcoa, idéntica a los artículos 104 y 107 de laLey de Haciendas Locales, por lo que el pronunciamiento del Constitucional obligará a modificar la normativa estatal además de la foral.
Actualmente, el Tribunal Constitucional tiene pendientes varias cuestiones de inconstitucionalidad en relación a la legislación estatal que serán resueltas de acuerdo con la doctrina fijada para la norma vasca, declarada inconstitucional por unanimidad.
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