Las subvenciones y ayudas a trabajadores en ERTE y autónomos afectados por la pandemia son inembargables, según el Tribunal Supremo
28 de enero de 2025
Las subvenciones y ayudas a trabajadores en ERTE y autónomos afectados por la pandemia son inembargables, según el Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha establecido una importante resolución en la que se aclara que las subvenciones y ayudas destinadas a trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y a los autónomos, en el contexto de la crisis generada por la pandemia de COVID-19, son inembargables por la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta decisión busca proteger los derechos de los beneficiarios, asegurando que puedan contar con los recursos mínimos necesarios para subsistir durante situaciones de emergencia social.
Fundamentos de la sentencia
En su sentencia del 19 de diciembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo refuerza el principio de que las ayudas concedidas para paliar los efectos de la pandemia no pueden ser embargadas, incluso si el beneficiario tiene deudas con la Seguridad Social. La resolución destaca que estas ayudas tienen la finalidad de garantizar el mínimo vital de los trabajadores y autónomos, lo que está alineado con los principios constitucionales que protegen el bienestar de las personas, como el derecho a una vida digna, a la salud y a una vivienda adecuada, tal como se recoge en los artículos 39, 41, 43 y 47 de la Constitución Española.
El principio de inembargabilidad
La sentencia subraya que el principio de inembargabilidad de las ayudas públicas otorgadas en situaciones de emergencia social debe interpretarse como una salvaguarda del patrimonio personal de los beneficiarios frente a las acciones de ejecución de la Tesorería General de la Seguridad Social. Este principio asegura que los recursos destinados a la cobertura de necesidades básicas no pueden ser utilizados para satisfacer deudas, en especial cuando su objetivo es mitigar los efectos de la crisis económica generada por la pandemia.
En este contexto, el Supremo explica que permitir el embargo de estas ayudas contravendría el propósito de garantizar a los trabajadores y autónomos un umbral económico mínimo que les permita afrontar la crisis y cubrir sus necesidades esenciales. La sentencia hace hincapié en que las subvenciones otorgadas, como las del Gobierno de Cantabria, tienen la finalidad de aliviar las consecuencias económicas derivadas de la reducción de ingresos ocasionada por las restricciones impuestas durante el estado de alarma.
Conclusión
Por lo tanto, las ayudas y subvenciones destinadas a los trabajadores en ERTE y autónomos afectados por la pandemia deben ser consideradas inembargables, ya que son recursos esenciales para asegurar la subsistencia digna de las personas que atraviesan situaciones de vulnerabilidad económica. La decisión del Tribunal Supremo refuerza la protección de los derechos sociales en tiempos de crisis, garantizando que los beneficiarios de estas ayudas puedan contar con los medios necesarios para afrontar las dificultades derivadas de la emergencia sanitaria y económica.
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