Moratoria contable y nueva oportunidad para reformular las cuentas de 2024
22 de abril de 2025
Moratoria contable y nueva oportunidad para reformular las cuentas de 2024
El Gobierno ha aprobado una prórroga de la moratoria contable, concediendo a las empresas una nueva oportunidad para reformular las cuentas anuales del ejercicio 2024 hasta el 9 de mayo de 2025. Esta medida se enmarca en el Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril, cuyo objetivo es atenuar los efectos derivados de la amenaza arancelaria estadounidense y fortalecer la reactivación comercial.
Plazo extraordinario para la reformulación de cuentas
En virtud de la Disposición adicional primera del RDL 4/2025, aquellas empresas cuyos administradores ya hayan formulado las cuentas de 2024 antes del 9 de abril disponen de un plazo excepcional hasta el 9 de mayo de 2025 para reformular:
Las cuentas anuales del ejercicio 2024
El informe de gestión
La propuesta de aplicación del resultado
Una vez reformulados estos documentos, la junta general dispondrá de tres meses adicionales para su aprobación. En consecuencia, la fecha límite de aprobación podrá extenderse hasta el 9 de agosto de 2025. El depósito en el Registro Mercantil podrá realizarse hasta el 30 de septiembre de 2025.
Juntas generales ya convocadas
En caso de que la junta general ya hubiese sido convocada antes del 9 de abril pero aún no se haya celebrado, la norma contempla dos opciones:
Modificar la fecha, lugar u hora de la junta, siempre que se comunique con al menos 72 horas de antelación.
Revocar la convocatoria, utilizando los canales habituales: estatutos, página web de la sociedad o el BORME, en caso de no disponer de web corporativa.
Publicar una nueva convocatoria dentro del mes siguiente a la nueva formulación de cuentas.
Suspensión de la causa de disolución por pérdidas
El artículo 6 del RDL 4/2025 extiende la suspensión del cómputo de pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 para valorar la situación patrimonial de la empresa conforme al artículo 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital. Hasta el cierre del ejercicio iniciado en 2025:
Solo se tendrán en cuenta las pérdidas de los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025.
Si el patrimonio neto continúa por debajo de la mitad del capital social, la empresa deberá convocar junta para adoptar medidas correctoras, como un aumento o reducción de capital, o bien proceder a la disolución.
Entrada en vigor y alcance
El Real Decreto-ley fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 9 de abril de 2025, y entró en vigor ese mismo día. Las disposiciones afectan a todas las sociedades mercantiles sujetas a la obligación de formular y aprobar cuentas anuales, con especial relevancia para aquellas que aún arrastran desequilibrios derivados de la crisis sanitaria y económica de 2020.
Recomendaciones finales
Revisar su situación financiera actual, especialmente si ya han formulado las cuentas de 2024.
Analizar si se encuentran en una posición de desequilibrio patrimonial, lo que podría activar medidas obligatorias de saneamiento o disolución.
Esta prórroga supone una medida de alivio temporal que permite a las sociedades ganar tiempo para reequilibrar su situación contable sin incurrir en incumplimientos formales.
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