Las Haciendas nacionales sólo pueden luchar con eficacia contra la elusión de multinacionales que operan a nivel global acordando medidas gubernamentales a nivel internacional
Se acabó el mundo tal y como lo conocíamos. Algunas empresas inexistentes hasta hace unos pocos años ahora no dejan de recibir flashes y de acaparar titulares, ya sea por poner patas arribas sus sectores o por las maniobras para reducir su factura fiscal. Y es que ciertas multinacionales desarrollan sus estrategias de negocio atendiendo a razones fiscales. Pues bien, estas triquiñuelas resultan muy poco responsables con las personas que viven en los países donde obtienen sus beneficios. Y son particularmente dañinas durante los años de crisis, en los que muchas personas sufrieron los duros ajustes en los Estados del bienestar por la consolidación fiscal.
Las multinacionales confían en la corrección de su estrategia fiscal porque logran eludir legamente sus obligaciones tributarias. La OCDE ha constatado que los holdings o sub-holdings que tienen situados en países de baja tributación declaran un margen de beneficios que duplica el margen promedio de las filiales nacionales. A nivel global, según estimaciones del Comité de fiscalidad de la OCDE, la carga tributaria efectiva de las grandes multinacionales está entre 4 y 8,5 puntos porcentuales por debajo de la carga tributaria de empresas similares que operan únicamente a nivel nacional. Sin embargo, algunos Estados tienen un grado de corresponsabilidad en la elusión de las multinacionales cuando, para radicar su sede en su territorio, otorgan suculentas ventajas fiscales, en ocasiones gravemente dañinas para terceros países.
Las Haciendas nacionales sólo pueden luchar con eficacia contra la elusión de multinacionales que operan a nivel global acordando medidas gubernamentales a nivel internacional. Con esta convicción, en octubre de 2015 los países de la OCDE acordaron implementar el Plan de Acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (Plan de Acción BEPS, por sus siglas en inglés), un proyecto que pretende que los beneficios puedan ser gravados en el país donde se realicen las actividades económicas y en donde se esté creando valor.
Como resultado de dicho proyecto, la Comisión en 2015 estableció nuevas normas para garantizar la recaudación del IVA en el país donde se encuentra el consumidor, cambiando la Directiva de IVA para que los bienes y servicios prestados digitalmente se localicen en el país del destinatario; un problema especialmente relevante en las transacciones online B2C (de empresa a consumidor final).
En definitiva, los justos no pueden pagar por pecadores. Porque, una vez más, queda demostrado que Hacienda no somos todos
En este sentido, España ha implementado estas medidas, y en particular la AEAT contará con una valiosa información cuando reciba de los países de la UE la recaudación y los importes declarados del IVA en destino. Además, recibiremos de otros países los informes país por país con una información desglosada de los ingresos de entidades vinculadas, ganancias antes de impuesto, impuestos pagados y devengados, número de empleados, activos tangibles y otros indicadores de actividad.
De esta manera, la Hacienda española dispondrá de una valiosa información para detectar posibles elusiones tributarias y centrar la investigación para depurar las posibles infracciones o delitos tributarios. En este contexto, otra información esencial será la que se obtenga cuando se apruebe en los países de la UE el impuesto sobre los Servicios Digitales, conocido como el impuesto a las tecnológicas o «tasa Google», mediante un recargo próximo al 3% sobre los beneficios obtenidos por las ventas que en cada país realicen las empresas de servicios digitales que en un periodo impositivo facturen más de 7 millones, cuenten con más de 100.000 usuarios o con más de 3.000 contratos en un Estado miembro. Como consecuencia de la implantación de esta tasa, la Comisión Europea espera una escasa recaudación en la UE que rondaría los 5.000 millones desde 2020.
En cualquier caso, todas estas medidas pueden ser calificadas como «soluciones provisionales» hasta que se alcance un acuerdo definitivo en la OCDE para adoptar una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS) con la que todas las multinacionales contribuyan en cada país con arreglo a los beneficios que obtienen en cada uno de ellos. Tal y como sostuvo el comisario de Asuntos Económicos, Pierre Moscovici, «cada año se pierden miles de millones de impuestos a causa de la elusión fiscal, un dinero que se podría destinar a financiar servicios públicos como colegios y hospitales o a impulsar el empleo y el crecimiento». En definitiva, los justos no pueden pagar por pecadores. Porque, una vez más, queda demostrado que Hacienda no somos todos.
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