Hacienda pacta con los alcaldes la reforma del impuesto de plusvalía
25 de enero de 2018
Hacienda pacta con los alcaldes la reforma del impuesto de plusvalía
La nueva norma dejará exentas las ventas con pérdidas y actualizará anualmente el valor de los inmuebles.
El Gobierno ultima la presentación del proyecto de ley para modificar el impuesto sobre plusvalía, el que se liquida en los Ayuntamientos al vender un inmueble. La reforma llega después de que el Constitucional lo anulase para los casos en que los contribuyentes vendan con pérdidas, algo frecuente en los años de crisis. El Ejecutivo consiguió la semana pasada el visto bueno de los alcaldes a su última propuesta. La norma no tendrá carácter retroactivo y obliga a los ciudadanos a demostrar que incurrieron en pérdidas con la venta. La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) acepta la propuesta de Hacienda, pero reclama una compensación por las devoluciones que ha tenido que hacer tras la sentencia del Constitucional.
A partir del próximo verano los contribuyentes que vendan su vivienda por menos valor del que lo compraron, algo frecuente durante la crisis, no tendrán que reclamar ante su Ayuntamiento por el impuesto de plusvalía. El Ministerio de Hacienda ultima la reforma de este tributo local para ajustarlo a lo que dictan los tribunales: que no se puede aplicar cuando se registren pérdidas en la compraventa.
La normativa que Hacienda presentará en las próximas semanas, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, deja exentas estas operaciones. "Se introduce un nuevo supuesto de no sujeción para los casos en que el sujeto pasivo acredite que no ha obtenido un incremento de valor", señala la proposición de ley, que el ministerio prevé aprobar antes de verano. Los contribuyentes que hayan vendido el inmueble en pérdidas en los últimos meses y ya hayan recurrido deberán seguir con el procedimiento administrativo o judicial, según la vía escogida, porque la norma no tendrá carácter retroactivo.
El texto legal establece que será el contribuyente quien tenga que acreditar "la inexistencia de incremento de valor" y deberá aportar pruebas para demostrarlo. Para ello, podrá valerse de las escrituras de compraventa o de los impuestos que gravan la transmisión del inmueble: el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Una de las novedades consiste en la aprobación de unos coeficientes, en función del número de años transcurridos desde la adquisición, con un máximo de 20, que servirán para determinar la revalorización del piso en función del mercado. Estos coeficientes serán actualizados anualmente por Hacienda para ajustarlos a la evolución del sector y para que no ocurra como en el pinchazo de la burbuja inmobiliaria.
El impuesto de plusvalía es, junto con el IBI, uno de las principales fuentes de financiación de los Ayuntamientos. El año pasado ingresaron más de 2.500 millones de euros a través de este tributo, que grava el incremento de valor que supuestamente tiene un inmueble mientras ha sido propiedad del que lo vende. Una sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el pasado verano ha trastocado el contexto municipal. El tribunal anuló el impuesto cuando la venta se realiza con pérdidas, lo que provocó una catarata de reclamaciones. La decisión está mermando las arcas municipales y aliviando a miles de contribuyentes que han solicitado la devolución del impuesto a sus Consistorios.
Hacienda lleva meses negociando con los alcaldes la reforma de este tributo, cuyo título oficial es impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). La semana pasada logró el visto bueno de los alcaldes. "La FEMP acepta la modificación del impuesto en base a la propuesta elaborada por el Gobierno para dar cuanto antes seguridad jurídica a los ciudadanos", señaló la federación de Ayuntamientos en un comunicado.
Las ventas a un año
La nueva normativa será, en cualquier caso, un parche hasta que el Gobierno consiga sacar adelante una reforma más ambiciosa de la financiación local, donde se modificará el sistema fiscal municipal en profundidad. Así lo reconocen fuentes del ministerio y de la asociación de alcaldes. De hecho, el Ejecutivo encargó el año pasado a una comisión de expertos que diseñara una reforma del sistema de financiación local. Estos sabios recomendaron calcular la plusvalía por la diferencia entre el valor de compra y el de venta.
Cuando entre en vigor la nueva norma que Hacienda ha pactado con los alcaldes, las compraventas de vivienda que se formalicen en menos de un año también estarán gravadas. Hasta ahora los llamados "pelotazos inmobiliarios" —compra y vende en menos de un año por mayor valor— estaban exentos. Habrá que esperar al periodo de enmiendas para ver si se establece un régimen especial para las empresas del sector inmobiliario, que podrían verse perjudicadas.
Este impuesto local también se liquidará en donaciones o herencias. En esos casos, se calculará en función del valor que figure en las declaraciones del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
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