La responsabilidad social corporativa 'puntuará' para lograr contratos públicos
16 de febrero de 2018
La responsabilidad social corporativa 'puntuará' para lograr contratos públicos
La vigilancia sobre la política de responsabilidad social hacia la plantilla de la propia empresa, se mantendrá durante la duración del contrato.
La nueva ley de contratos del sector público, que entrará en vigor el 9 de marzo, obliga a las empresas licitadoras a cumplir requisitos concretos sobre igualdad de género, condiciones laborales justas, consumo de comercio justo o eficiencia energética.
Además, la vigilancia sobre la política de responsabilidad social, por ejemplo, hacia la plantilla de la propia empresa, se mantendrá durante la duración del contrato. De esta forma, se penalizará el retraso del pago de salarios o los incumplimientos del convenio colectivo.
Además de cumplir con una serie de requisitos (ver cuadro adjunto), es muy importantes saber qué aspectos excluyen automáticamente de una contratación:
. Ofertas con precios que no cubran los costes salariales establecidos en los convenios colectivos de aplicación.
. Las que sean tan anormalmente bajas que se presuman inviables.
. Las empresas que no cumplan el requisito de que al menos el 2% de los empleados de las empresas de 50 o más trabajadores tenga reconocida una discapacidad.
Por otra parte, al acudir a una licitación es importante tener en cuenta cómo se desempata:
. Porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad.
. Condición de empresa de inserción, entidades sin ánimo de lucro u organizaciones de comercio justo.
. Mayor número de medidas que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres.
Criterios para concursar
1- Reducción del nivel de emisión de gases de efecto invernadero en la producción.
2- Empleo de medidas de ahorro y eficiencia energética.
3- Utilización de energía procedente de fuentes renovables durante la ejecución del contrato.
4- Fomento de la integración social de personas con discapacidad, personas desfavorecidas o miembros de grupos vulnerables entre las personas asignadas a la ejecución del contrato.
5- Inserción socio-laboral de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social.
6- Planes de igualdad de género.
7- Fomento de la contratación femenina.
8- Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
9- Mejora de las condiciones laborales y salariales.
Esta web usa cookies propias y analíticas. Al seguir navegando, usted acepta el uso que hacemos de estas. Puede cambiar la configuración de las cookies en cualquier momento.