Nueve casos en los que pagas menos Seguridad Social al contratar
19 de enero de 2018
Nueve casos en los que pagas menos Seguridad Social al contratar
El ahorro, que varía en función del contrato, puede alcanzar los 1.800 euros por año en algunos casos
Los Servicio Estatales de Empleo acaban de actualizar las tipologías de contratos bonificados que pueden cerrar pymes y autónomos en España. La medida, que trata de ser un impulso para el empleo, facilita la contratación por parte de las empresas, al disminuir las cargas relacionadas con los pagos a la Seguridad Social.
Aunque, para poder acceder a este tipo de bonificaciones, es necesario cumplir una serie de requisitos en cada tipo de contrato. Repasamos a continuación los nueve casos más comunes: el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, el contrato para menores de 30 años inscritos en el SAE que realicen los autónomos y micropymes; el de nuevos proyectos de emprendimiento joven; el contrato en prácticas para menores de 30 que estén en el paro, o 35 años si son discapacitados; el de prácticas no laborales; el indefinido a trabajadores de una ETT que se hayan beneficiado de un contrato de primer empleo joven; el que sirve para que una pyme de hasta 50 trabajadores contrate a desempleados de más de 45 años o jóvenes de 16 a 30.
Otras modalidades con bonificaciones son las contrataciones que realicen los autónomos de un familiar hasta segundo consanguinidad así como las conversiones a indefinidos a partir de contratos de prácticas o sustitución por jubilación.
A continuación te comentamos las ventajas de cada uno, que pueden permitirte ahorrar hasta 1.800 euros anuales.
El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, permite una reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes en pymes y del 75% en empresas de igual o superior plantilla. Tiene validez de un año, prorrogable otro más.
Si un autónomo o micropyme contrata a un menor de 30 inscrito en el SAE, accederá a una reducción del 100% de la cuota por contingencias, también durante un año. En caso de ser una joven empresa interesada en contar con formación experimentada de un trabajador en paro mayor de 45 años, te ahorrarás hacer frente cuota empresarial a la Seguridad Social durante un año desde que se formalice el contrato.
Si contratas como indefinido a un menor de 30 años inscrito en el SAE y al que inicialmente le das una formación en prácticas de al menos tres meses, durante los tres siguientes años te beneficiarás de un descuento de 500 euros anuales si se trata de un hombre y 700 en caso de ser mujer. En los casos de contratos en prácticas comunes, dirigidos a colectivos menores de 30 años o de 35 discapacitados que estén en el paro, con independencia del periodo transcurrido desde la finalización de sus estudios, te rebajarás un 50% de la cuota de contingencias durante todo el tiempo que la relación empleador/empleado esté en vigor. Si se trata de prácticas no laborales, esta rebaja crece al 75%, en iguales condiciones.
Descuentos durante 36 meses
El Gobierno pone en marcha este año descuentos en varios contratos por un periodo de hasta 3 años. Son, los de indefinidos para los trabajadores de hasta 30 años que hubieran estado contratados por una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) vía contrato eventual. En esta modalidad, se contempla una rebaja de 500 euros anuales si se incorpora a la plantilla un hombre y 700 en caso de que sea una mujer. Si la conversión es de ETT a modalidad de formación y aprendizaje, esta bonificación crece hasta los 1.500 euros anuales para los hombres y 1.800 en el caso de las féminas.
Existen además rebajas a lo largo de 36 meses para pymes que contraten desempleados de larga duración mayores de 45 años. Éstas oscilan entre los 1.300 y 1.500 euros anuales. Si tienes esta misma tipología de mercantil pero optas por un desempleado de entre 16 y 30 años, te beneficiarás de un ahorro progresivo: asciende a 1.000 euros el primer año de vigencia del contrato; 1.100 el segundo y 1.200 el tercero.
En el caso de que la pyme decida convertir a indefinidos personal contratado previamente en prácticas por relevo o sustitución de jubilación, se beneficiarán de una rebaja de 500 euros anuales si se ha empleado a un hombre y de 700, caso de ser mujer. Tendrá rebaja una vigencia de tres años.
La última modalidad bonificada, según el documento publicado por Empleo, es para los autónomos que generen empleo entre miembros de su familia hasta el segundo grado de consanguinidad; es decir, nietos, abuelos, cuñados; estarán exentos de abonar la cuota por contingencias comunes durante el primer año de duración del contrato.
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