Reducción por arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado (RF 07/25, 11 al 17 de febrero de 2025)
25 de febrero de 2025
Reducción por arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado (RF 07/25, 11 al 17 de febrero de 2025)
En el contexto de la normativa fiscal vigente y con el fin de facilitar el arrendamiento de viviendas en zonas de mercado residencial tensionado, es importante considerar las siguientes pautas para aplicar las reducciones correspondientes a la renta.
Reducción del 5% en la renta
Cuando se celebra un contrato de arrendamiento de vivienda en una zona de mercado residencial tensionado y en los cinco años previos se han firmado dos contratos sobre la misma vivienda, la base de cálculo para la reducción de la renta será la última renta pactada en los contratos previos. Esta renta se reducirá en un 5% para efectos de calcular la rebaja.
La renta que se tomará en cuenta será la del contrato más reciente de los dos celebrados en los últimos 5 años, después de aplicar, en su caso, la cláusula de actualización anual de dicha renta.
Reducción del 90% en el rendimiento neto del arrendamiento
A partir del 26 de mayo de 2023, en aquellos contratos de arrendamiento celebrados en una zona de mercado residencial tensionado, se podrán beneficiar de una reducción del 90% en el rendimiento neto positivo generado por el arrendamiento, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
La renta inicial del nuevo contrato debe haberse reducido en más de un 5% con respecto a la última renta del contrato anterior de la misma vivienda, después de aplicar la cláusula de actualización anual de dicho contrato.
La zona debe haber sido declarada como "zona de mercado residencial tensionado" al momento de la firma del contrato.
Requisitos para la aplicación de la reducción del 90%
Si un contribuyente ha firmado dos contratos sobre la misma vivienda en los últimos cinco años y la vivienda se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado, será posible aplicar la reducción del 90% siempre que:
La renta inicial del nuevo contrato sea un 5% inferior a la última renta del contrato anterior.
Se haya aplicado la cláusula de actualización anual de ser necesario.
De este modo, se tomará la última renta, de entre los dos contratos previos, del contrato más reciente para realizar el cálculo de la rebaja.
Es fundamental que, al momento de la firma del contrato, se verifique que la zona en cuestión haya sido declarada oficialmente como una "zona de mercado residencial tensionado". De no ser así, la reducción será del 50% en lugar del 90%.
Este sistema de reducciones tiene como objetivo fomentar el arrendamiento en zonas con alta demanda de vivienda, aliviando tanto a los arrendadores como a los arrendatarios, y promoviendo la estabilidad en los precios de alquiler.
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